Actualización · 6 agosto 2026

El TPS ha terminado para Haití, Siria, Sudán del Sur y Myanmar; El Salvador termina el 9 de septiembre. Proteja sus derechos y vea a un abogado ahora. (traducción automática) Confirme siempre en la página oficial de USCIS, nunca en redes sociales. Vea qué cambió →

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Sus derechos y opciones

No es asesoría legal. Las opciones de abajo tienen reglas estrictas y son difíciles de ganar. Esta lista solo le ayuda a hacer las preguntas correctas cuando se reúna con un abogado. No suponga que usted califica. Consulte a un abogado de inmigración con licencia o a un representante acreditado por el DOJ — muchos ayudan gratis o a bajo costo (Buscar ayuda).

🤝 La lucha no ha terminado — pero no la espere

Defensores y legisladores todavía están luchando. Al 1 de julio de 2026 (según fuentes de defensoría y legales):

  • En el Congreso: la Cámara de Representantes aprobó un proyecto de ley para proteger el TPS de Haití (H.R. 1689, de la representante Ayanna Pressley); un proyecto de ley del Senado liderado por el senador Markey extendería el TPS de Haití hasta 2029 (S. 4814); y el representante Seth Moulton presentó la TPS Relief Act (29 de junio) para restablecer la revisión judicial de las decisiones de TPS. Ninguno se ha convertido en ley, y todos enfrentan un probable veto — no cuente con ellos.
  • En los tribunales: una coalición (la National TPS Alliance y otros) presentó una nueva demanda el 1 de julio de 2026 impugnando las reglas que quitan la autorización de trabajo a los titulares de TPS y a los solicitantes de asilo. El reclamo de discriminación de Siria también sobrevive en el reenvío ("remand") — pero actualmente ninguna orden judicial está pausando las terminaciones.
  • Qué significa esto para usted: su protección de TPS terminó el 27 de julio de 2026 — consiga una evaluación legal individual ahora. Si la ley cambia después, estar preparado no le cuesta nada.

Fuentes: AILA; National TPS Alliance (demanda del 1 de julio).

El primer paso más importante

Consiga una evaluación individual de su caso con un abogado de inmigración de verdad o un representante acreditado ahora, mientras todavía tiene tiempo y opciones — especialmente si podría calificar para el asilo, que tiene un plazo estricto. No espere un aviso por correo.

A tidy home front door and steps, warm and welcoming
Su casa y sus derechos van juntos — sepa qué permite y qué no permite una orden antes de que alguien toque la puerta.

1) Otro alivio migratorio para el que podría calificar

Asilo

Formulario I-589

Para personas que temen sufrir daño grave en su país por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política, o pertenencia a un grupo social particular. Generalmente hay un plazo de presentación de 1 año desde la llegada, pero perder el TPS puede contar como una excepción de "cambio de circunstancias" (changed circumstance) — pregúntele a un abogado de inmediato. Un caso de asilo pendiente también puede abrir una opción de permiso de trabajo después de 150 días.

Green card por familia

Formularios I-130 + I-485

Es más sólida para cónyuges, padres/madres e hijos/as de ciudadanos estadounidenses. La trampa: ajustar su estatus desde dentro de EE. UU. generalmente requiere una entrada legal (lawful entry). Algunas personas que viajaron con la autorización de viaje del TPS (Formulario I-512T) y fueron admitidas podrían calificar — pero esto depende de los hechos de cada caso. Pregunte antes de suponer.

Visa U (víctimas de delitos)

Formulario I-918

Para víctimas de ciertos delitos graves que ayudaron a las autoridades. Requiere una certificación firmada por las autoridades, y la lista de espera es larga.

Visa T (trata de personas)

Formulario I-914

Para víctimas de trata de personas grave. Por lo general requiere cooperar con las autoridades (con excepciones).

Autopetición VAWA

Formulario I-360

Para personas maltratadas por un cónyuge, padre/madre o hijo/a adulto ciudadano estadounidense o con green card. Hombres y mujeres califican por igual. Puede presentarla usted mismo/a, de forma confidencial y sin costo.

Cancelación de deportación

Formulario EOIR-42B (solo en la corte)

Solo para personas que ya están en la corte de inmigración y cumplen con una exigencia alta (10+ años aquí, buen carácter moral, dificultad excepcional para un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal).

Números de formularios verificados en USCIS.gov; la cancelación de deportación vía DOJ EOIR.

Profundice en sus opciones después del TPS →

2) Conozca sus derechos si ICE se acerca a usted

Usted tiene derechos sin importar su estatus migratorio.

En su puerta

  • No tiene que abrir la puerta. Pídales que muestren una orden a través de la ventana o por debajo de la puerta.
  • Una orden debe estar firmada por un juez con su nombre/dirección correctos para dejarlos entrar. Un formulario firmado solo por un oficial de ICE (orden administrativa) no les permite entrar.
  • Mantenga la calma. No corra. No mienta.

Sus derechos fundamentales

  • Guarde silencio. Puede decir: "Quiero guardar silencio. Quiero hablar con un abogado." — en inglés: "I want to remain silent. I want to speak to a lawyer."
  • No firme nada sin un abogado — firmar el papel equivocado puede hacerle perder su derecho a una audiencia.
  • No muestre documentos extranjeros (como un pasaporte extranjero); pueden usarse en su contra.
  • Usted tiene derecho a un abogado (el gobierno no le pagará uno, pero existe ayuda gratuita).

Lleve una "Tarjeta Roja" gratis, del tamaño de una billetera, que declara sus derechos: ILRC Red Cards · NILC Know Your Rights card · ACLU.

3) Prepárese ahora — lista de preparación

Prepárese mientras está tranquilo/a, no durante una emergencia. Reúna y copie de forma segura lo siguiente (mantenga los originales en un lugar seguro; dé copias a alguien de su confianza):

  • Pasaporte(s) y cualquier identificación nacional
  • Todos los avisos de aprobación y de recibo del TPS
  • Sus tarjetas de permiso de trabajo (EAD) — actuales y anteriores
  • Prueba de residencia continua en EE. UU. (contratos de alquiler, facturas, recibos de pago, registros escolares/médicos)
  • Registros de impuestos (declaraciones / formularios W-2 de cada año)
  • Actas de nacimiento/matrimonio y documentos de sus hijos
  • Cualquier trámite de inmigración que haya presentado alguna vez
  • Anote su A-number (Número de Registro de Extranjero) para un familiar de confianza

Además: memorice el número de teléfono de un abogado o de un contacto de confianza; elija contactos de emergencia; haga un plan de cuidado infantil (considere un poder notarial para el cuidado de menores); haga un plan de seguridad familiar. Guía gratuita paso a paso: ILRC Family Preparedness Plan.

4) Trabajo y viajes — la realidad

  • Trabajar después de que su EAD venza (sin ningún otro permiso válido) no está autorizado y puede perjudicar casos futuros. Nunca use documentos falsos — eso es un delito grave. Un nuevo permiso de trabajo solo es posible si usted tiene otro caso que califique (por ejemplo, un asilo pendiente, una green card, o un caso de U/T/VAWA).
  • Salir de EE. UU. después de que su estatus venza es peligroso. Puede activar una prohibición de 3 años o 10 años para volver a entrar, y puede destruir un caso que usted esté tratando de construir. No viaje sin hablar primero con un abogado. (USCIS)

Última actualización: 13 de agosto de 2026. Estas traducciones se hacen con ayuda de una máquina y serán revisadas por un hablante nativo de español. Para todos los detalles y fuentes, vea la versión en inglés.